Trelew, Chubut, 22 de julio de 2025.
VISTO
La Ley XIII – N° 11, art. 55 inc. e) y la resolución n° 103/2024 de este Colegio Público de Abogados y,
CONSIDERANDO
Que es facultad del Directorio de cada uno de los Colegios fijar el importe proveniente del derecho fijo que debe abonarse al iniciarse o contestarse cualquier acción judicial;
Que la recaudación del citado bono, es uno de los financiamientos con lo que cuenta el colegio para pagar los servicios que brinda;
Que, en ese marco, y atento a la inflación anual estimada, actualmente el monto de tres mil pesos ($3000,00), no tiene el impacto recaudatorio necesario;
Que a fin de que cumpla los objetivos para los que fue creado, resulta imperiosa la actualización de su monto;
Que el Directorio revisará cada tres (3) meses el monto del mismo, a los efectos de que no se produzca un desfasaje con los otros colegios (Sarmiento: $5369.24, Comodoro: $5369.24 Puerto Madryn: $5369, Esquel: $3760);
POR ELLO:
EL DIRECTORIO DEL COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE TRELEW
RESUELVE:
Artículo 1°: Determínase el importe del derecho fijo establecido en el inc. e) del art 55 de la Ley XIII – N° 11, en la suma de cinco mil pesos ($5000), a partir del 01 de agosto de 2025.
Artículo 2°: Establécese que los bonos mediante los cuales se materializa el pago del derecho fijo antes indicado, que hubiesen sido adquiridos con anterioridad al 01 de agosto del año en curso, serán legítimos y válidos. En tal supuesto, deberá adicionar la cantidad necesaria y suficiente para que el importe total a pagar en virtud de lo establecido en el inc. e) del art. 55 no sea inferior a cinco mil pesos ($5000).
Artículo 3°: Regístrese, hágase saber y cumplido, archívese.
RESOLUCION N° 56/2025
